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Concesión Directa
Fecha Vencimiento
Tipo Red
Tipo Concesión
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Categoría de Radiodifusión
¿Es Radiodifusión?
No
Tipo de Radiodifusión
No especificado
Clasificación de Uso del Espectro
El Asiento
Numero de Acuerdo Ejecutivo
Titulo de Acuerdo Ejecutivo
Fecha de Acuerdo Ejecutivo
Vigencia
Num. de Gestión SUTEL
Tipo Inscripción
Número de Asiento:
AS-005579-2019
Última modificación:
Num asiento original
Enlace de documento en Expediente
https://plataformadocumental.sutel.go.cr/rnt/DocView.aspx?dbid=0&id=2053437
El Operador
Nombre Operador
Identificación Operador
Nombre Representante Legal
Cedula representante legal
Notas Marginales
Modificación
Enlace al documento
El Título Habilitante
Número título
Fecha título
Fecha notificación
Causal finalización
Servicios Habilitados
Radiodifusión Televisiva
Frecuencias
Tipo Frecuencia
Seleccionar Tipo Frecuencia
Frecuencia
Frecuencia Rx-Tx
Rangos Frecuencias
Rangos Frecuencias Rx-Tx
Opción Frecuencia
Seleccionar Opción para Frecuencia
No Especifica Frecuencia
CD o TX/RX
TX
RX
Unidad
Tx desde
Rx desde
Ancho Banda
Los Rangos de Frecuencia serán detallados de conformidad con lo establecido en PNAF para servicios aficionados.
Zona
Observaciones
Mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 079-2019-TEL-MICITT se hace adecuación del Acuerdo 339-1991 y Contrato 037-2007-CNR y Acuerdo 122-1993 y Contrato 042-2008-CNR (596 MHz a 602 MHz (Canal fisico 35) y 632 MHz a 638 MHz (Canal físico 41) a través de una Red de Frecuencia Única en el segmento frecuencias del Canal frsico 35 Mediante acuerdo 144-2019-TEL-MICITT notificado el 25 de noviembre de 2019, se extingue Acuerdo Ejecutivo 122 de 1993 Y ratifica acuerdo mutuo de resolución de contrato 042-2008-CNR (632 MHz a 638 MHz Canal 41) acuerdo mutuo se puede consultar en el NI-07765-2021. (MD-000902-2019) Mediante 118-2021-TEL-Micitt se otorga concesión de enlaces relacionada a las frecuencias adecuadas (Canal 35). - Los expedientes históricos de la antigua oficina de Control Nacional de Radio se trasladaron a la Sutel conforme el Transitorio II de la Ley No. 8660 y son custodiados por Gestión Documental de Sutel. De conformidad con el transitorio IV de la Ley No.8642, compete al Poder Ejecutivo el proceso de revisión, adecuación y vigencia de los títulos habilitantes anteriores a la Ley. Según Decreto N° 44539-MICITT se estableció: "V. AMPLIAR POR EL PLAZO DE QUINCE MESES a partir del 28 de junio de 2024, la vigencia de los títulos habilitantes de concesión administrativa de frecuencias para la operación de redes y la prestación de servicios de radiodifusión sonora y televisiva de acceso libre y gratuito”. Y Decreto 45195- MICITT: "V. AMPLIAR la vigencia de los títulos habilitantes de concesión administrativa de frecuencias para la operación de redes y la prestación de servicios de radiodifusión sonora y televisiva de acceso libre y gratuito, a partir del 28 de junio de 2024 y hasta el día hábil siguiente a que se declaren las nuevas autoridades de los Poderes Ejecutivo y Legislativo por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, en relación con las elecciones del periodo 2025-2026.
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